República de Colombia
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Boletín de prensa 24 de enero de 2011
EL TIEMPO
POR SALUD: PRIMERO LEA!
La reforma de la salud no es una solución definitiva, pero parece ser una medida favorable para el país
Como es una costumbre generalizada en el país, y en especial en el sector salud, ya los colombianos y los profesionales de la salud han empezado a tomar posiciones frente a la Ley que reforma el sistema de salud sin ni siquiera detenerse a leerla y a reflexionar sobre ella: no nos extrañe que en los próximos días se presenten multitudinarias marchas de cientos o miles de personas que muy probablemente no conocen ni un solo artículo de la Ley más allá de lo que un tercero les dijo sobre ella.
Pero, muy a pesar de la sorpresiva y desafortunada ausencia de quienes ostentan el título de representantes de los profesionales de la salud, la recién sancionada Ley que reforma el sistema podría mirarse con esperanza y significar una mejoría para el país.
En primer lugar, y como un punto fundamental que ha desangrado al sistema, la Ley plantea la inspección, vigilancia y control del mismo, declarándoles la guerra a los corruptos y a quienes quieren beneficiarse a costa de la salud de los colombianos: por un lado, fortalece la Superintendencia Nacional de Salud y, por otro lado, impone ciertas limitantes a la malversación de recursos por parte de las entidades promotoras de salud (EPS) y de las cajas de compensación familiar, e impone un estricto seguimiento de la gestión de las instituciones prestadoras de carácter público.
Como segundo punto importante, se crea el Observatorio Nacional de Salud y se consolida un sistema para el manejo de la información y los indicadores en salud, lo que sin duda alguna promoverá la toma de decisiones informadas en materia de políticas de salud pública. Ya no lanzaremos un escopetazo que pretende apuntarle a todo, sino que podremos fortalecer la atención y hacerles seguimiento a las principales enfermedades que afectan a los colombianos. Adicionalmente, esto se verá complementado por los registros electrónicos de historia clínica, que no sólo ubicarán a Colombia a la vanguardia en esta materia, sino que permitirán la atención informada, articulada y continua de los pacientes, independientemente de la región en la que sea atendido, promoviendo también con ello la colaboración entre profesionales de diferentes regiones del país.
Otra decisión muy acertada, pero que representará a la vez uno de los mayores retos, es la orientación y el reforzamiento de las actividades de promoción y prevención de la salud: y en esto tenemos que ser honestos: ¡las enfermedades de alto costo son en su mayoría prevenibles, y ningún sistema será sostenible si sólo se concentra en la atención tardía y la rehabilitación de estas enfermedades!
Es más, el relativo éxito de otros sistemas de salud puede atribuirse en gran medida a esta orientación hacia la atención primaria. Sin embargo, este enfoque tiene tres puntos críticos que lo ponen en peligro:
1. El escaso nivel educativo de la población colombiana, no sólo en salud sino en términos generales, y para lo cual el Ministerio de Educación Nacional deberá, como reiteradamente se ha dicho, repensar el modelo de educación bancaria donde se ve al estudiante como un ser pasivo, pues ahora jugará un papel muy activo en el cuidado de su salud y para el cual muy pocos estarán preparados.
2. Los pocos conocimientos de los profesionales del sector en verdaderas estrategias de educación en salud que empoderen a la población en la adopción de hábitos de vida saludable, en la detección temprana de enfermedades, en el autocuidado, etcétera. En este sentido, las instituciones de educación superior deberán fortalecer y probablemente replantear los currículos actuales que se orientan más hacia la curación y la rehabilitación de la enfermedad que hacia su prevención.
Y 3. El riesgo que se corre de descuidar la calidad y la oportunidad de la atención secundaria y terciaria, buscando redirigir todos los recursos hacia la prevención.
Otros puntos que se deben resaltar de la reforma son aquellos que privilegian las condiciones de atención de niños y adolescentes, especialmente de aquellos víctimas del abuso y del maltrato, la creación del instituto de evaluación de tecnología, el pago a los residentes, los controles a los excesivos costos en las matrículas y a los cupos en programas de especialidades médicas, y la mejora en las condiciones de la contratación de los médicos.
En general, y aunque no deja de quedar un sinsabor por algunas modificaciones que como por arte de magia desaparecieron o aparecieron durante la redacción del texto de conciliación entre los designados por la Cámara y el Senado, la sancionada Ley que propone la reforma de la salud parece ser favorable para el país, y si bien puede que no se constituya como una solución inmediata y definitiva a todos los problemas en esta materia, sí representa un aporte fundamental para construir un sistema de salud verdaderamente universal y de calidad.
De cualquier forma, es necesario que cada colombiano lea y se construya una opinión propia sobre la ley, y no que opine, marche, apoye o rechace una propuesta con el único argumento dado por un tercero, un artículo o una simple columna de opinión. Al final, es su salud la que está en juego: si le importa, léala; si no, deje que otros opinen y hablen por usted.
PORTAFOLIO
BANCOS, A CONSERVAR SOPORTES DE CRÉDITOS
Según la Corte Constitucional, estos documentos deben adherirse a los comprobantes de contabilidad respectivos para que sea posible su verificación.
A la puja entre el Gobierno y la banca por reducir los costos de los servicios cobrados a los cuentahabientes, se suma un fallo de la Corte Constitucional que le pide al sistema financiero respetar el derecho de sus clientes “a saber de forma expresa, diáfana y clara, cuánto deben y por qué concepto”.
Según el alto tribunal, no basta con que las entidades bancarias tengan los registros contables que sustentan la existencia de las deudas contraídas por sus usuarios, sino que, además, “deben contar con los documentos de soporte en los cuales conste la respectiva obligación”.
“De manera que las operaciones de crédito deben documentarse mediante los preliminares de aprobación de crédito, el contrato de mutuo debidamente instrumentalizado a través de un pagaré o cualquier otro medio utilizado por las partes usuarias y operadores para formalizar sus negocios jurídicos y sus relaciones financieras”, advirtió la corporación.
Es por ello -dijo- que dichos soportes deben adherirse a los comprobantes de contabilidad respectivos y deben conservarse debidamente de manera que sea posible su verificación.
“Si no se demuestran o no se tienen los soportes, -aseguró el alto tribunal- la obligación se concluye como inexistente o, en el mejor de los casos, se tornaría como una obligación natural ante la imposibilidad de obtener el recaudo forzoso”.
Y lo mismo aplica, según la corporación, para las casas de cobranzas.
Así lo decidió la Corte Constitucional al conceder una acción de tutela a una ciudadana que reclamó por el cobro de una deuda, en 2009, de 5 millones de pesos debido a la mora registrada en una cuenta de ahorros, -en la cual recibía su salario-, pero que ella canceló, en junio de 2002, porque cambió de trabajo. Según el respectivo extracto bancario, esta quedó “en ceros por todo concepto”.
De esta obligación, relató la particular, se percató a finales de mayo de 2009 cuando le rechazaron un crédito por tener un reporte negativo en las centrales de riesgo debido a la mora de 1.145 días, originada en un saldo pendiente de la misma cuenta inactiva y cancelada desde 2002.
Pese a explicar que se trataba de un error y, además, a sus peticiones al jefe de cartera del respectivo banco y a la casa de cobranzas -a cargo de esta ejecución- para que le mostraran el pagaré y los documentos soporte del crédito en discusión, no obtuvo esa exhibición.
Por eso, esta ciudadana acudió a la tutela, y el 28 de junio de 2010, el Juzgado 57 Civil Municipal de Bogotá la negó. Sin embargo, la Corte le dio la razón.
SENTENCIA DE LA CORTE
pras seleccionar este fallo del juez para revisión, la Corte lo revocó y concedió a la particular la protección de sus derechos al habeas data financiero y al buen nombre, debido a que la entidad bancaria y la casa de cobranzas, objeto de la controversia, tampoco exhibieron ante el alto tribunal los soportes documentales de esta deuda de 5 millones de pesos.
Así, en la sentencia T-847 de 2010, la Corte le ordenó a esta casa de cobro solicitar el retiro de cualquier reporte o referencia, positiva o negativa, originado de la deuda de esta particular, correspondiente a la cuenta de ahorros inactiva, “por encontrarla inexistente en los términos señalados en la parte considerativa de esta providencia”.
“Si no se demuestran o no se tienen los soportes, la obligación se concluye como inexistente”, insistió el alto tribunal al dejar sin efecto esta deuda de la ciudadana que presentó la tutela.
La Corte ordenó, a su vez, a las centrales de riesgo Datacrédito y Cifin eliminar de sus bases de datos cualquier reporte de esta particular, derivado de la misma cuenta inactiva y cancelada en 2002.
Para el efecto, la corporación, a través de la Sala Novena de Revisión, presidida por el magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, les concedió 48 horas tras la notificación de esta sentencia.
Contratos deben ser exhibidos por la entidad que realiza el cobro
En el fallo, la Corte aseguró que “no existe razón alguna para que la entidad financiera niegue al titular de un crédito la exhibición de los soportes que le permitan verificar, en caso de duda o discrepancia, la existencia, integridad, exigibilidad y condiciones de la obligación que se le imputa, pues sólo así se garantiza la posibilidad de comprobar la veracidad y actualidad del dato”.
“Permitiendo así, además, -subrayó el alto tribunal- el acceso del ‘aparente’ titular del crédito a los correspondientes soportes, los cuales la entidad bancaria o el particular que realiza el cobro, se encuentran en obligación de conservar”.
La Corte destacó, además, que los hechos económicos derivados de la relación entre los usuarios y las entidades financieras se reflejan en los registros contables, “los cuales están llamados a dar cuenta de lo que genéricamente se ha denominado dato”.
Sin embargo, concluyó, “los registros de los hechos económicos en los asientos contables deben encontrarse respaldados, tal como lo ordena la ley, en los respectivos soportes, de manera que las operaciones de crédito deben documentarse”.
5 millones de pesos era el monto de la deuda que ni la entidad financiera ni la firma de cobranzas lograron demostrar.
EL ESPECTADOR
PIDEN ABSOLVER A IVÁN RAMÍREZ POR HOLOCAUSTO DEL PALACIO DE JUSTICIA
La Procuraduría insiste en que no hay certeza de la culpa del general (r) en ninguno de los casos.
Que se absuelva al general (r) Iván Ramírez por la desaparición de varios civiles y una guerrillera del M-19 durante el holocausto del Palacio de Justicia, solicitió la Procuraduría.
Ante el Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá continuan los alegatos de conclusión del juicio que enfrenta el general (r) Iván Ramírez Quintero por la desaparición de 11 civiles, durante el holocausto del Palacio de Justicia.
En el curso de su intervención, el fiscal Cuarto Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Álvaro Osorio, indicó que pese a la evidencia de la responsabilidad del Oficial (r) en la desaparición forzada de la guerrillera Irma Franco, no había certeza de su participación en lo ocurrido a los diez empleados de la cafetería.
Osorio pidió que se le condenase por lo sucedido con la insurgente, pero que se le absolviera por la desaparición de quienes laboraban en la cafetería del Palacio, pese a que su predecesora en el cargo, Ángela María Buitrago había formulado la acusación por la desaparición, tanto de los civiles como de la guerrillera.
A partir de este lunes, la defensa de Ramírez, quien era la máxima cabeza del Comando de Inteligencia y Contra Inteligencia, Coici, expondrá las razones que tiene a su haber para considerar que no hay motivación para condenar al acusado.
Así mismo, se espera conocer la intervención de la Procuraduría en el juicio que, pese a que ha insistido en la claridad de la evidencia en torno a la comisión de las desapariciones, ha solicitado la absolución de todos los implicados en el proceso, como en el caso del coronel (r) Alfonso Plazas Vega y el general (r) Jesús Armando Arias Cabrales.
Al proceso que enfrenta el General (r) Ramírez también fueron vinculados sus subalternos Fernando Blanco Gómez y Gustavo Arévalo Moreno.
CORTE ORDENÓ AL INCODER REGRESAR TIERRAS A DESPLAZADOS
Se trata de predios que 'Jorge 40' había hurtado a campesinos en Magdalena.
La Corte Suprema de Justicia ordenó al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) restituir a familias campesinas 36 predios rurales que les habían sido quitados por paramilitares valiéndose de amenazas y otros procedimientos ilegales.
Así lo consigna una sentencia de la corporación conocida este viernes en la que le ordena al Incoder que en 30 días revoque los títulos de propiedad otorgados por ese instituto a testaferros del jefe paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, alias 'Jorge 40'.
El documento precisa que los predios a los que hace alusión están en Chivolo (Magdalena). Según el Incoder, los predios fueron reasignados entre 2002 y 2003 luego de que fueron abandonados por los campesinos, lo que el Tribunal consideró como una falsa motivación, toda vez que se desconoció que ello fue producto de amenazas por parte paramilitares interesados en dichos terrenos. En otras ocasiones, paramilitares al mando del mismo 'Jorge 40' obligaron a los campesinos a vender sus predios a precios irrisorios.
La Corte también ordenó enviar copias a un fiscal de la Unidad Antiterrorismo para investigar a los funcionarios del Incoder Magdalena que intervinieron en la posible titulación fraudulenta. En el documento la Corte también señala que tanto el Incoder como la Fiscalía 22 de la Unidad de Antiterrorismo “no están cumpliendo cabalmente sus deberes”.
Su afirmación la justifica en el hecho de que pese a que el mismo 'Jorge 40', quien era el comandante del Bloque Norte de las Autodefensas, confesó que había robado dichas tierras, esas entidades no emprendieron acciones para devolver las mismas a sus legítimos dueños.
EL NUEVO SIGLO
HOY INICIA LA DISCUSIÓN DE LA REFORMA JUDICIAL
El Consejo Superior de la Judicatura propondrá mejorar el acceso a la justicia, aumentar la oralidad en los procesos y mayor presupuesto para la Rama.
CON LA presencia de los presidentes de las altas cortes e invitados internacionales, iniciará hoy el primer conversatorio de este año sobre la reforma a la justicia que el Gobierno tiene previsto radicar en marzo próximo.
El conservatorio es el segundo organizado por el Consejo Superior de la Judicatura, órgano que el Gobierno tiene previsto liquidar en el proyecto de reforma, y en el que insistirá aumentar la oralidad en varios procesos, aumentar el presupuesto para la Rama Judicial, aspecto en el que todas las cortes han estado de acuerdo, y mejorar el acceso a la justicia.
Por su parte, el Gobierno ya había reanudado la discusión de dicha reforma en el marco de la mesa de la justicia, que fue instaurada por el presidente Juan Manuel Santos en el segundo trimestre del año anterior, donde intervienen las altas Cortes, la academia y la ciudadanía en general.
Sin embargo, a raíz de la polémica que han suscitado varios de estos aspectos, el Gobierno decidió a principios de noviembre pasado crear la comisión interinstitucional para la reforma a la justicia, integrada por los dignatarios de las Cortes, el ministro del Interior y Justicia, el viceministro de Justicia y el secretario jurídico de Presidencia de la República.
Ésta comisión tendrá la difícil tarea de consensuar y presentar el borrador final del proyecto a finales de febrero, incluyendo las propuestas hechas por el Consejo Superior de la Judicatura.
No obstante, esta fecha podría ser corrida, teniendo en cuenta que la prioridad legislativa la ocupará el Plan Nacional de Desarrollo, que es el programa de inversión que hará el Gobierno en los próximos cuatro años, y que tendrá como prioridad la atención de los damnificados por el invierno y la reconstrucción de las zonas devastadas por la tragedia natural.
Además, el consenso del proyecto se espera que se demore más de dos meses, pues las altas Cortes han propuesto crear su propia reforma, haciéndole importantes modificaciones a la iniciativa original.
De hecho, a principios de diciembre, el presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, propuso incluir en la iniciativa procesos de descongestión e introducir reformas a los códigos, “como por ejemplo, el de Procedimiento Civil y volver todo eso oral, y así se faciliten los procesos”, le dijo el magistrado a este Diario en ediciones pasadas.
En esa misma fecha, se reunieron jueces y magistrados para plantear una reforma judicial estructural, donde se inició la revisión del marco legal de la misma y las urgentes reformas que necesita la Rama.
Hoy de nuevo, los jueces y magistrados tendrán la posibilidad de replantear la reforma a la justicia, escenario donde también estarán presentes los presidentes de las altas Cortes e invitados internacionales. Al evento que se realizará hoy y mañana martes, fueron invitados asesores del Banco Interamericano de Desarrollo, de la oficina administrativa para las Cortes Federales de Washington D.C., del Consejo General del Poder Judicial de España y un representante del Banco Mundial para Latinoamérica.
Uno de los temas que más ha causado controversia en el proyecto de reforma a la justicia que les presentó el Gobierno a las altas Cortes es el de la reestructuración del Consejo Superior de la Judicatura.
El borrador del proyecto propone su supresión y en su lugar la creación del Consejo Superior Judicial, encargado de manejar la parte administrativa de la Rama e integrado por los presidentes de las altas Cortes, un delegado de cada corporación y uno de los trabajadores y funcionarios judiciales